El Tribunal Superior de Bogotá absolvió este martes 21 de octubre al expresidente colombiano Álvaro Uribe Vélez de los delitos de soborno de testigos y fraude procesal, revirtiendo así la sentencia inicial y anulando la condena de doce años de arresto domiciliario que se le había impuesto meses atrás. El proceso judicial, que se remonta a 2012, giraba en torno a acusaciones de que Uribe habría intentado sobornar a testigos para obtener declaraciones que alteraran los hechos relacionados con su presunta vinculación con el paramilitarismo en Antioquia.
El magistrado Manuel Antonio Merchán, al fundamentar la decisión de segunda instancia, señaló que la sentencia previa era insostenible debido a «deficiencias en la valoración de pruebas». Merchán declaró que «no se acreditó» que el expresidente «hubiera instigado el delito de soborno en actuación penal» y, en consecuencia, revocó la condena.
El Tribunal criticó la actuación de la jueza Sandra Liliana Heredia Aranda, quien dictó la condena inicial, al sostener que su decisión se basó en apreciaciones «subjetivas» y mostró un «evidente sesgo» contra Uribe. El magistrado Merchán detalló que el fallo de primera instancia partía de «premisas vagas, genéricas y sesgadas», lo que, según su análisis, vulneraba los principios de imparcialidad y rigor judicial. Adicionalmente, se desmontó la acusación por fraude procesal, al considerar que también carecía de «sustento probatorio y jurídico».
Esta valoración judicial resultó en la absolución completa del expresidente Uribe, quien en el proceso de primera instancia había sido encontrado culpable de manipulación de testigos y fraude por presuntos sobornos gestionados a dos paramilitares encarcelados, a través de su abogado, Diego Cadena. Dicha condena anterior había marcado un precedente histórico al convertir a Uribe en el primer exmandatario colombiano sentenciado penalmente, con una multa superior a los 3.444 millones de pesos.
A pesar de la absolución en segunda instancia, el proceso judicial aún se mantiene activo. Las partes implicadas en el caso tienen la facultad de presentar recursos de alegación ante la Corte Suprema de Justicia mediante el recurso de casación, la máxima instancia judicial del país, que dispone de un plazo de cinco años para emitir una decisión definitiva sobre este proceso.
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