Expertos advierten vacío legal en la responsabilidad por accidentes con patinetas eléctricas

Especialistas en seguridad vial han manifestado su preocupación ante la falta de una normativa clara en Colombia que regule la responsabilidad civil y penal en accidentes protagonizados por vehículos de micromovilidad, como patinetas y bicicletas eléctricas. Según Isidro Ruiz, experto en movilidad, aunque en 2017 se reglamentó el uso de vehículos eléctricos, la norma se centró principalmente en motocicletas, dejando por fuera los requisitos específicos para los nuevos dispositivos de alquiler que circulan en las ciudades.

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En la práctica, cuando ocurre un siniestro con estos vehículos, la ley colombiana establece de manera general que quien causa el daño debe responder. Sin embargo, en el caso de las plataformas de alquiler, las empresas suelen incluir cláusulas en sus contratos donde se exoneran de cualquier responsabilidad por daños a terceros, trasladando toda la carga legal al usuario. Esta situación genera desprotección para los ciudadanos afectados, quienes muchas veces deben enfrentar procesos jurídicos complejos para obtener una reparación.

El debate resalta que, a diferencia de los vehículos automotores tradicionales, las patinetas eléctricas no cuentan con la exigencia de un Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) ni pólizas de responsabilidad civil contractual. Ante esta situación, analistas del sector sugieren que el Congreso de la República debería legislar para que las empresas que se lucran con el alquiler de estos equipos garanticen coberturas que protejan tanto al usuario como a los peatones y demás actores viales.

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