El Ejército Nacional, a través de la Segunda Brigada, emitió la Resolución 001 de 2026, mediante la cual se suspende de manera general el porte de armas de fuego y armas traumáticas en su jurisdicción. La medida, que busca preservar el orden público y la seguridad ciudadana, rige desde las cero horas del 1 de enero hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2026.
La restricción aplica tanto para áreas urbanas como rurales en la totalidad de los departamentos de Atlántico y Magdalena, así como en municipios del sur de Bolívar como Barranco de Loba, El Peñón, Hatillo de Loba y San Martín de Loba. Esta decisión se fundamenta en la facultad del Estado sobre el monopolio de las armas y las directrices del Gobierno Nacional para reducir los índices de violencia.
El documento, firmado por el Coronel Alexander Rodríguez Bernal, Jefe de Estado Mayor de la Segunda Brigada, establece excepciones específicas para funcionarios públicos en ejercicio de sus cargos (como congresistas, magistrados, alcaldes y gobernadores), personal activo y en buen retiro de la Fuerza Pública, y servicios de vigilancia privada debidamente acreditados. Asimismo, deportistas y coleccionistas podrán transportar sus armas bajo condiciones estrictas de seguridad.
Las autoridades advirtieron que quienes infrinjan esta norma se exponen a la incautación y decomiso de las armas por parte de la Policía Nacional, las Fuerzas Militares o la Fiscalía. La resolución insta a las administraciones locales a colaborar en la implementación de estos controles para garantizar una democracia en paz y proteger la vida de los ciudadanos en la región norte del país.