El Tribunal Superior de Bogotá ha revocado la prisión domiciliaria impuesta al expresidente Álvaro Uribe Vélez, ordenando su libertad inmediata. La decisión, contenida en un fallo de 38 páginas, anula la medida cautelar que había dictado la juez 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda, al sentenciarlo a 12 años de prisión en primera instancia.
Argumentos de la Decisión
La Sala de Decisión Penal del Tribunal amparó el derecho fundamental a la libertad del exmandatario, cuestionando los criterios utilizados por la juez para ordenar su privación de libertad. El Tribunal calificó como «vagos, indeterminados e imprecisos» los fundamentos de la medida, que incluían la «percepción ciudadana», el «efecto ejemplarizante» y el «orden social».
El fallo sostiene que el derecho penal colombiano se rige por el «derecho penal de acto», donde el acusado responde por lo que hizo y no por su personalidad o el reconocimiento público. Según el Tribunal, la decisión de la juez Heredia Aranda fue desproporcionada y desconoció el principio de igualdad y la presunción de inocencia, que prevalece hasta que la sentencia quede en firme.
En consecuencia, el Tribunal ordenó a la juez expedir de manera inmediata la boleta de libertad para Uribe Vélez, dejando sin efecto la orden de privación de la libertad que se había dictado tras la sentencia de primera instancia.
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