La Sección Segunda del Consejo de Estado concluyó, a través de un fallo de tutela, que la canción ‘+57’ vulneró los derechos de niñas y adolescentes al utilizar expresiones que las sexualizaban, como «mamacita desde los fourteen», las cuales fueron consideradas censurables por los magistrados.
En su fallo, el alto tribunal señaló que «la sexualización temprana cosifica a los menores, los reduce a objetos de deseo y los expone a riesgos que pueden afectar gravemente su desarrollo». Asimismo, indicó que este tipo de actos contraviene el principio del interés superior del menor, que exige que todas las decisiones y actuaciones que les conciernen se adopten teniendo en cuenta su bienestar y protección integral.
A pesar de negar el amparo solicitado por los accionantes y de tomar en consideración que los cantantes modificaron posteriormente la letra de la canción, reemplazando la frase por «mamacita desde los eighteen», el Consejo de Estado realizó un enérgico llamado a los artistas para que se abstengan de componer canciones que conviertan a los menores de edad en objetos de deseo. «Se exhortará a los accionados a que, en lo sucesivo, eviten difundir o publicar composiciones musicales que transgredan los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes», precisó el fallo.
Para el Consejo de Estado, «la difusión de una canción que sexualiza a los menores de edad constituye una grave vulneración de su derecho fundamental a la dignidad humana, comoquiera que la dignidad de los niños radica en su reconocimiento como sujetos de derechos».
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