Debate Jurídico: ¿Por qué imputados con pruebas contundentes evitan aceptar cargos en Colombia?

El sistema judicial colombiano enfrenta un recurrente interrogante: la negativa de personas capturadas en flagrancia o con pruebas evidentes a aceptar los cargos imputados por la Fiscalía. Este fenómeno, que genera la sensación de impunidad entre la ciudadanía, fue analizado por el abogado penalista Víctor Ríos, quien señaló que la raíz del problema radica en el esquema de beneficios contemplado en la ley.

Según explicó el doctor Ríos, el sistema actual de rebajas de pena establece beneficios dispares. Una persona capturada en flagrancia (es decir, en el momento del acto o con las «manos en la masa») solo recibe aproximadamente un 25% de rebaja de la pena a imponer si acepta los cargos en las audiencias iniciales. En contraste, quienes son capturados mediante orden judicial o se entregan voluntariamente a la justicia pueden obtener hasta un 50% de descuento si reconocen su responsabilidad.

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Esta diferencia de incentivos, según el experto, desmotiva a los delincuentes capturados in fraganti a allanarse a los cargos de forma temprana. «Es un esquema mal implementado, ya que si tenemos en cuenta que la mayor número de delincuentes son capturados con las manos en la masa, debería dárseles el 50% para que se incentive el reconocimiento de responsabilidad y obviamente las personas tengan más confianza en la justicia», afirmó Ríos.

La Estrategia de la Dilación y el Riesgo de Vencimiento de Términos

Cuando un imputado, incluso con videos y testigos en su contra —como el caso del joven asesinado a la salida de una discoteca en Bogotá—, decide no acogerse a los cargos, se ampara en el principio constitucional de la presunción de inocencia. Sin embargo, la no aceptación inicial es, en muchos casos, una estrategia legal.

El abogado Ríos indicó que al no aceptar la responsabilidad de inmediato, el proceso se dilata, saturando los despachos judiciales y generando un sinsabor de injusticia en las víctimas. Esta dilación puede ser utilizada por la defensa con la intención de que, en el transcurso del tiempo y la demora procesal, se cumplan los plazos y el acusado pueda obtener una libertad por vencimiento de términos. También existe la posibilidad de que, más adelante, la persona intente llegar a un preacuerdo con la Fiscalía para obtener beneficios, aunque en esa etapa posterior sí tendría la obligación de indemnizar a las víctimas.

Prescripción y Delitos No Negociables

Frente a la pregunta sobre si los delitos prescriben, el experto aclaró que, en general, todos los delitos prescriben por el paso del tiempo, salvo contadas excepciones. Los crímenes que no prescriben o que limitan drásticamente los beneficios de preacuerdos son:

  • Delitos de lesa humanidad y crímenes que atentan contra el derecho internacional humanitario.

  • Delitos cometidos contra niños y adolescentes (Ley 1098 de 2006).

  • Delitos que implican aumento patrimonial por parte de servidores públicos.

  • El delito de feminicidio, donde se prohíbe cualquier tipo de beneficio o preacuerdo.

Ríos concluyó que, dado el clima de desconfianza en la justicia, se hace urgente una reforma del sistema de beneficios para armonizar las rebajas y desincentivar las estrategias dilatorias que minan la seriedad de la administración de justicia.

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