El Juzgado Segundo Penal del Circuito con funciones de Conocimiento de Barranquilla dejó en firme, en segunda instancia, el principio de oportunidad concedido a Daysuris Vásquez Castro, expareja de Nicolás Petro.
La decisión confirmó el fallo del pasado 26 de junio de 2026, mediante el cual el Juzgado 18 Penal Municipal con Función de Control de Garantías había declarado improcedente la solicitud para revocar el beneficio otorgado a Vásquez.
La petición de revocatoria había sido presentada por el abogado Alejandro Carranza, quien representa a Nicolás Petro y a su esposa, Laura Ojeda Estupiñán. El jurista argumentó un presunto incumplimiento de las obligaciones establecidas por la Fiscalía y avaladas por un juez de control de garantías.
El principio de oportunidad fue concedido a Daysuris Vásquez el 2 de febrero de 2024, bajo la modalidad de suspensión, por el Juzgado 15 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Barranquilla. Posteriormente, el beneficio fue prorrogado el 16 de enero por el Juzgado Noveno Penal Municipal.
Vásquez quedó vinculada al proceso judicial que también involucra a Nicolás Petro. A ella le fueron imputados los delitos de lavado de activos y violación de datos personales, mientras que al hijo del presidente Gustavo Petro se le imputaron enriquecimiento ilícito y lavado de activos.
Con la decisión de segunda instancia, el principio de oportunidad permanece vigente. Entre tanto, el inicio del juicio oral contra Nicolás Petro continúa pendiente de que se resuelvan los recursos de apelación presentados contra la decisión relacionada con las pruebas del proceso.
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