Secretarías de Educación tienen plazo hasta el 1 de noviembre para publicar calendarios escolares de 2027

El Ministerio de Educación Nacional recordó que las secretarías de Educación de las entidades territoriales certificadas deben expedir, antes del 1 de noviembre de 2026, los calendarios académicos para el año escolar 2027 en los establecimientos educativos que operan bajo el calendario A.

La disposición está contemplada en la Circular 052 de octubre de 2026, que establece orientaciones para organizar las semanas de clase, los periodos de descanso y las actividades institucionales, además de definir pautas para garantizar la continuidad educativa ante situaciones de emergencia.

Según el documento, el calendario académico debe incluir 40 semanas de trabajo con estudiantes, cinco semanas de desarrollo institucional para docentes y directivos docentes y siete semanas de vacaciones para estos últimos. Para los alumnos, se contemplan 40 semanas de actividades académicas y 12 semanas de receso, incluida la semana de descanso escolar de octubre.

El Ministerio también indicó que las secretarías podrán adoptar medidas extraordinarias y temporales cuando se presenten emergencias climáticas, fenómenos naturales, problemas de orden público o desplazamientos forzados que afecten las clases. Las decisiones deberán ajustarse a la normativa vigente y priorizar la seguridad de la comunidad educativa y la continuidad de los procesos de aprendizaje.

Para los establecimientos que funcionan con calendario B, el plazo de expedición de los calendarios académicos es antes del 1 de julio de cada año.

Las familias y la comunidad educativa pueden consultar la Circular 052 y acceder a información sobre el proceso de matrículas para 2027 en el micrositio de Matrículas 2027 del Ministerio de Educación Nacional.

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